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El alto tribunal ordenó la libertad de Seuxis Paucias Hernández Solarte, conocido como “Jesús Santrich”, porque con la condición de congresista lo hace”aforado constitucional”, y lo debe procesar dicha Corporación.

Por unanimidad, la Sala de Casación Penal declaró como “fundada” la impugnación de competencia presentada por la defensa de Santrich. Luego, dispuso el envío del expediente por narcotráfico a la Sala Especial de Instrucción de la Corte.

La decisión de la corte responde a la sentencia del Consejo de Estado, que ratificó la investidura como congresista de Santrich. Por dicha condición, el exjefe de las FARC”es aforado constitucional”, y lo debe procesar dicha Corporación.

Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia aseguran que la jurisprudencia del alto tribunal le ha vinculado el reconocimiento del fuero con el ejercicio de congresista, pero nunca ha precisado a partir de cuándo se adquiere ese fuero del que habla la constitución.

Al evaluar desde cuándo se inicia ese fuero, la Corte aseguró que la condición de aforado arranca cuando la autoridad competente, en este caso el Consejo Nacional Electoral, hace ese reconocimiento. Precisamente, este negó la pérdida de tal investidura a pesar de no posesionarse en la fecha indicada (debido a razones ajenas a su voluntad).

Por otro lado, la providencia decide dejarlo en libertad pues consideró que los funcionarios, que ordenaron su captura, “tenían competencia para su aprehensión y legalización”.

La Corte ya expidió una boleta de libertad para Santrich, quien en las últimas semanas ha estado detenido en el búnker de la Fiscalía.

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