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Por: Aldaír Bolívar

Recientemente, la despenalización del aborto ha resurgido como tema de debate en el
contexto social y político de la nación, esto, a raíz de la ponencia del magistrado Alejandro
Linares en la que se propone que la interrupción voluntaria del embarazo se presente de forma
libre, dentro de las primeras 16 semanas de la gestación. Es decir, que la única condición
para practicarlo sea la manifestación de voluntad de la mujer. En dicha ponencia también
se mantiene, para el resto del embarazo, las tres causales permitidas hasta el momento.

Ahora bien, luego de entender lo sustancial de la sentencia cabe hacernos dos preguntas
más allá del furor del debate en redes y de las opiniones de políticos de un bando u otro
¿Por qué despenalizar el aborto?, ¿hay posibilidad de que la ponencia logre mayoría entre
los magistrados?

En lo que refiere a la despenalización, podemos afirmar que es totalmente necesaria y para
constatar esto tenemos que analizar dos conceptos claves. El primero de ellos es la libertad,
la libertad de la mujer de decidir sobre su cuerpo, de elegir sobre su proyecto de vida y,
sobre todo, libertad de adquirir o no una responsabilidad del nivel de tener un hijo.

No es posible que en pleno siglo XXI, el siglo de las libertades, la mujeres sigan siendo
perseguidas por una cuestión tan esencial como los es determinar el desarrollo a voluntad
de su propio cuerpo y mas, si tenemos en cuenta que esa libertad se ve coaccionada por
preponderar los derechos de los no nacidos, los cuales, según el código civil, no tendría si
quiera los derechos plenos de una persona pues todavía y durante las siguientes 24 semanas
de gestación, según la medicina, no podrán vivir sin el soporte vital de la mujer, es decir, no
sobreviven de formar independiente por tanto no son sujetos plenos.

Entonces ¿es justo hacer esa ponderación? ¿es justo sobreponer la plenitud de los derechos de una ciudadana frente a los de un no nacido? Las respuestas son sencillas, la ponderación no es justa, los
derechos de las mujeres deben prevalecer, ya estos fueron adquiridos plenamente.

En el mismo sentido, el segundo termino que hay que tener en cuenta es el de justicia social
y de género. Aquí hay que pensar que la prohibición del aborto, así como el aumento de sus
penas, no disminuye el número de casos. Lo que sí genera la prohibición es inequidad social
entre las mujeres de clases altas y bajas, pues estas últimas, por lo general, no tienen los
recursos para acceder a abortos en el extranjero, países donde es legal, ni a medicamentos
costosos que permiten realizar la practica sin complicación mayor. Con esto, exponemos a
un importante grupo de la población a riesgo de morir o sufrir graves consecuencias en la
salud, consecuencias que serán atendidas por el sistema de salud colombiano y que a la
larga resultan ser mas costosos que practicar un aborto seguro y gratuito.

De otro lado, también hay que resaltar que estamos dando a la opinión de los hombres un valor
significativo en una discusión que refiere a la autonomía de las mujeres sobre sus cuerpos. Esto demuestra la existencia, todavía, de estructuras machistas que manejan el discurso de
que las mujeres, de alguna forma, deben pedir permiso para hacer uso de algo que es
intrínseco a cada ser humano, el cuerpo.

Por otra parte, si hablamos de mayorías en la corte, debemos tener en cuenta de que ya
existen posiciones decantas de un lado y de otro. Por ahora, los magistrados Alejandro
Linares, Alberto Rojas y José Fernando Reyes están a favor de la sentencia, en el otro
bando, están los magistrados Luis Guillermo Guerrero, Cristina Pardo, Carlos Bernal y
Antonio Lizarazo. Así las cosas, la decisión queda en manos de dos magistradas de la corte,
Gloria Ortiz y Diana Fajardo. En ellas, recae el reconocimiento de la libertad, la
autodeterminación y la justicia para millones de mujeres.

Si analizamos las votaciones de la magistrada Fajardo, podríamos observar su tendencia más liberal, con lo cual podemos predecir que su voto podría ser a favor. En lo que refiere a la magistrada Ortiz, es mucho más difícil realizar una predicción, por lo cual, decantar su votación hacia alguno de las dos posiciones seria especular con un grado de certeza muy bajo.

Lo que sí es cierto, es que es difícil que la ponencia sea aprobada, pues la mayoría en la corte se logra mínimo con cinco de los nueve votos de los magistrados y a la versión desfavorable de la sentencia solo le falta un magistrado, un voto.

Como conclusión, podemos afirmar que despenalizándose o no, el aborto seguirá ocurriendo, lo que cambia con la despenalización es que la interrupción voluntaria del embarazo puede ocurrir con dignidad para las mujeres y reduciendo al mínimo los riesgos a su salud para ellas.

 

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