Foto: tomada de twitter.
La Alcaldía tomó la decisión de que el consumo de estas sustancias sea prohibido en casi 400 sitios diferentes de la ciudad.
Por medio del Decreto 0343 de 2019, la Alcaldía de Barranquilla dio a conocer que tomará medidas para garantizar la prevalencia de los derechos de los niños y adolescentes en elementos constitutivos de espacio público del Distrito.
El acto administrativo, firmado por el alcalde Alejandro Char, prohíbe el expendio y consumo de tabaco, sustancia psicoactivas, estupefacientes o alcohólicas en parques, canchas y zonas verdes de Barranquilla.
La alcaldía argumentó que el decreto tiene como fin “asegurar” las condiciones para el ejercicio de los derechos de los menores y luchar contra la amenaza que genera para los niños y adolescentes el consumo de estas sustancias.
El acto administrativo también enumera los 398 espacios donde estará vigente esta prohibición de expendio y consumo de las sustancias establecidas en la norma.
“Desde la Alcaldía de Barranquilla se están adoptando las medidas necesarias para que nuestros niños y jóvenes tengan espacios saludables y libres de este tipo de sustancias. Nuestra prioridad es la protección integral de sus derechos, por lo que trabajamos para que prime en el espacio público la recreación, el esparcimiento, el juego, el deporte, las actividades culturales y artísticas para los niños y adolescentes”, expresó el secretario distrital de Gobierno, Clemente Fajardo Chams.
El gerente de la Agencia Distrital de Infraestructura, Alberto Salah, manifestó por medio del del programa ‘Todos al Parque’ se han recuperado más de 1.028.995 metros cuadrados, distribuidos en las cinco localidades de la ciudad. Estos espacios son generados para la convivencia y el fortalecimiento del tejido social comunitario.
“Estamos complacidos de que podamos contar con herramientas que nos permitan garantizar la sostenibilidad de los espacios que hemos recuperado en nuestra Capital de Vida”, señaló Salah.
Relató también que quien no cumpla con la nueva ley de la prohibición de expender o consumir tabaco, sustancias psicoactivas, estupefacientes o alcohólicas en los espacios públicos indicados en el citado decreto tendrá que recibir una sanción correctiva de multa general tipo 4, la suspensión temporal de la actividad y la destrucción del bien.