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Por: Redacción El Punto. 

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 537 de abril de 2020, por medio del cual se adoptan medidas en materia de contratación estatal, que incluyen procesos electrónicos o virtuales, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica decretado para afrontar la pandemia del covid-19.

El decreto señala en sus considerandos que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) prevé “un aumento sustancial del desempleo y del subempleo como consecuencia del brote del virus” y por ello instó “a los Estados a adoptar medidas urgentes para proteger a los trabajadores y empleadores y sus familias de los riesgos para la salud generadas por el coronavirus covid-19, proteger a los trabajadores en el lugar de trabajo; estimular la economía y el empleo, y sostener los puestos de trabajo y los ingresos, con el propósito de respetar los derechos laborales, mitigar los impactos negativos y lograr una recuperación rápida y sostenida”.

El decreto autoriza a las entidades públicas contratantes a “surtir por medios electrónicos los procedimientos administrativos sancionatorios por presunto incumplimiento contractual o suspender los términos de los mismos para darle prioridad o prevalencia a aquellas actuaciones contractuales orientadas a mitigar la emergencia sanitaria o impedir la extensión de sus efectos”.

Igualmente, en cuanto a las audiencias públicas, el decreto establece que “para evitar el contacto entre las personas y propiciar el distanciamiento individual, durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del coronavirus covid-19, las audiencias públicas que deban realizarse en los procedimientos de selección podrán desarrollarse a través de medios electrónicos, garantizando el acceso a los proponentes, entes de control, y a cualquier ciudadano interesado en participar”.

Así mismo, manifiesta que es vital facilitar el pago de más de 230.000 contratistas de prestación de servicios en el Estado y añade que ante la escasez de bienes y servicios en el mercado internacional, resulta conveniente que el Estado colombiano cuente con sus agentes diplomáticos en el exterior para negociar ante empresas extranjeras públicas, privadas o mixtas, los productos necesarios.

Foto: @Infopresidencia. 

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