La orden se da luego de que la Corte avalara una acción de tutela presentada por miembros del Consejo Comunitario Negros Ancestrales de Barrancas.
La Corte Constitucional ordenó al Gobierno que implementara las medidas necesarias para garantizar el acceso, calidad y disponibilidad del servicio público de agua potable para las comunidades indígenas, que habitan el sur del departamento de La Guajira. Este fallo se da luego de que el alto tribunal recibiera una acción de tutela por parte de comunidades afrodescendientes, integrantes del Consejo Comunitario Negros Ancestrales de Barrancas.
En dicha acción de tutela, se denunció el incumplimiento por parte de la empresa Carbones del Cerrejón Limited y las otras autoridades de la región, del plan de reasentamiento ordenado por el Gobierno en los términos ancestrales de los nativos.
La Corte le otorgó un plazo al Gobierno de dos años para que dicho plan se adopte, el cual deberá conceder espacios de participación efectivos y reales, durante su elaboración, implementación, evaluación y control, con los representantes de los pueblos indígenas y tribales de La Guajira, afectados por la escasez del vital líquido.
El alto tribunal ordenó también a las empresas Carbones del Cerrejón Limited, Aguas del Sur de La Guajira S.A.E.S.P., y a la Alcaldía Municipal de Barrancas, adoptar de manera inmediata y coordinada las medidas transitorias, adecuadas y necesarias para poder asegurar el mínimo acceso, disponibilidad y calidad de agua potable a la población, mientras el proceso de consulta previa se surte.
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