La Corte Constitucional rechazó la demanda que la representante a la Cámara por Bogotá, Katherine Miranda, interpuso contra el Decreto 1844 de 2018, el cual se establece que la Fuerza Pública debe incautar la dosis mínima y sancionar a poseedores de sustancias psicoactivas.
El decreto permite establecer multas de hasta 208 mil pesos para quienes porten o consuman estupefacientes en espacios públicos además del decomiso de cualquier droga incluyendo a la dosis mínima y aprovisionamiento.
Teniendo en cuenta que el decreto es un desarrollo del Código de Policía como medida implementada del Gobierno para combatir el microtráfico, según Miranda es un retroceso en la concepción Estatal que se ha desarrollado sobre la dependencia a dichas sustancias y el derecho a la salud.
Otras personas que interpusieron una demanda en contra son aquellas que hacen parte de la ONG “Temblores” y miembros del Colectivo de Abogados José Alvear argumentando que esta medida crea un escenario de mayor grado de vulnerabilidad para las personas que habitan en las calles no tienen un lugar para consumir las sustancias.
Pasada una semana desde su implementación, un comunicado de la Policía Nacional se retuvieron 6,9 toneladas de alucinógenos, más de 600 personas fueron capturadas y más de 6642 comparendos fueron impuestos.
En un más reciente sondeo realizado por la Corporación Técnica Social a 1903 consumidores, se definió que el 97,1% no ha dejado de consumir drogas desde la firma del decreto a principios del mes de octubre.
También la corporación evidenció que las preocupaciones que más recurren son el hecho de no consumir estupefacientes en espacios públicos (37,7%), no portarlos (28,9%), leer el decreto mismo (18,1%) e implementar un pedido a domicilio de drogas (15,4).
Cabe resaltar que 1102 personas ya les fueron incautadas y destruidas sus dosis personales admitiendo que les daban dinero a los oficiales de policía para no imponer una sanción con el 59,3% de los resultados.
Foto: Thought Catalog on Unsplash