Customize Consent Preferences

We use cookies to help you navigate efficiently and perform certain functions. You will find detailed information about all cookies under each consent category below.

The cookies that are categorized as "Necessary" are stored on your browser as they are essential for enabling the basic functionalities of the site. ... 

Always Active

Necessary cookies are required to enable the basic features of this site, such as providing secure log-in or adjusting your consent preferences. These cookies do not store any personally identifiable data.

No cookies to display.

Functional cookies help perform certain functionalities like sharing the content of the website on social media platforms, collecting feedback, and other third-party features.

No cookies to display.

Analytical cookies are used to understand how visitors interact with the website. These cookies help provide information on metrics such as the number of visitors, bounce rate, traffic source, etc.

No cookies to display.

Performance cookies are used to understand and analyze the key performance indexes of the website which helps in delivering a better user experience for the visitors.

No cookies to display.

Advertisement cookies are used to provide visitors with customized advertisements based on the pages you visited previously and to analyze the effectiveness of the ad campaigns.

No cookies to display.

[wpdts-date-time]  

Medida que prohíbe consumo de licor y dosis mínima en espacio público es inconstitucional: Corte

Según el alto tribunal, la normal violaba el libre desarrollo a la personalidad de manera desproporcionada.

La Corte Constitucional tumbó la norma del Código de Policía que multaba a quien consumiera alcohol o la dosis mínima en espacios para el público.

Según el alto tribunal, la normal violaba el libre desarrollo a la personalidad de manera desproporcionada.

La decisión fue aprobada gracias a seis magistrados que votaron a favor de tumbar las dos posiciones del Código. Solo una persona votó en contra.

Los decretos que se tumban hace parte del numeral 7 y 8 del artículo 140 que se titula “Comportamientos contrarios al cuidado e integridad del espacio público”. 

Mientras que el 7 se trata de la prohibición de consumir bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas o prohibidas en lugares públicos, el 8 advierte que no se debe portar, entregar, distribuir o comercializar drogas o cualquier sustancia prohibida.

No cumplir con el decreto, firmado por el presidente Iván Duque en octubre del año pasado, ocasionaba una multa de hasta 208 mil pesos.

De acuerdo con reportes de las autoridades, la medida le hacía frente a la venta de drogas en las calles y la entrega puerta a puerta de alucinógenos, que han estado en movimiento en más de 10 billones de pesos en microtráfico al año.

Somos una casa periodística universitaria con mirada joven y pensamiento crítico. Funcionamos como un laboratorio de periodismo donde participan estudiantes y docentes de Comunicación Social y Periodismo de la Universidad del Norte. Nos enfocamos en el desarrollo de narrativas, análisis y coberturas en distintas plataformas integradas, que orientan, informan y abren participación y diálogo sobre la realidad a un nicho de audiencia especial, que es la comunidad educativa de la Universidad del Norte.

elpunto@uninorte.edu.co