Corte Constitucional avala la reforma pensional de Petro después de dos años de espera

Por: Arytsha Aholibama

La Corte Constitucional acaba de aprobar 92 artículos de la reforma pensional del gobierno de Gustavo Petro, los cuales entrarán en vigencia a partir del 1 de abril del 2027.  Esta decisión se dio a conocer este martes, acabando con más de dos años de incertidumbre en los trabajadores colombianos.

Aunque la Corte Constitucional avaló la mayor parte de la Ley 2381 de 2024 con una votación de 7-1, con salvamento parcial de voto del conjuez Carlos Pablo Márquez; el alto tribunal determinó que algunos artículos deberán regresar a la Cámara para que se corrijan problemas relacionados con su trámite legislativo.

La decisión pone fin a un largo proceso que comenzó en 2024, cuando el Congreso aprobó la reforma. En 2025, la Corte había suspendido su entrada en vigencia al encontrar un vicio en el trámite realizado en la Cámara. Así que el Congreso, tuvo que volver a discutir el proyecto y subsanar las irregularidades señaladas por el tribunal.

Se ha aprobado la mayor parte de la nueva ley de reforma pensional. De las tres reformas fundamentales de mi gobierno: laboral, pensional y de salud solo queda la de salud. Un nuevo triunfo del gobierno del cambio y del pueblo trabajador”, declaró Gustavo Petro, a través de X.

Ahora, la Cámara tendrá 30 días hábiles para corregir los artículos que fueron devueltos y posteriormente la Corte deberá revisarlos nuevamente. Mientras tanto, la columna vertebral de la reforma queda respaldada constitucionalmente.

El nuevo gobierno, planteó una “contrarreforma”. Sin embargo, no existe claridad de lo que pueda proponer este nuevo proyecto.

¿Qué cambia con la reforma?

Uno de los principales cambios es que ahora los colombianos deberán cotizar sus ingresos en Colpensiones, hasta llegar a determinado umbral. Si la persona supera ese umbral, deberá cotizar en fondos privados. El umbral establecido en la reforma es de 2,3 salarios mínimos mensuales.

El nuevo modelo contempla cuatro componentes: pilar solidario, pilar semicontributivo, pilar contributivo y pilar de ahorro individual.

El pilar solidario busca garantizar un ingreso básico para adultos mayores que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad y que no lograron pensionarse. El pilar semicontributivo, está dirigido a quienes cotizaron durante su vida laboral pero no alcanzaron los requisitos necesarios para pensionarse. Y el  pilar contributivo, en el que estarán las personas que realizan aportes al sistema.

Uno de los artículos que fueron devueltos al Congreso, es el propuesto por Víctor  Manuel Salcedo, que habla sobre las desigualdades que enfrentan las mujeres al momento de pensionarse. En este punto se planteaba el reconocimiento de semanas por cada hijo para las mujeres que no logren completar el número de semanas requerido, con un límite establecido por la ley.

La nueva reforma mantiene las edades actuales de pensión: mujeres a las 57 y hombres a los 62 años.

Por otro lado, la reforma reconoce que no todas las personas tienen una trayectoria laboral formal y estable. Por eso, el nuevo sistema incorpora mecanismos para que quienes cotizaron durante parte de su vida puedan recibir una renta, y para que los adultos mayores en situación de pobreza o vulnerabilidad tengan un ingreso básico.

Es importante entender que esto no significa que todas las personas vayan a recibir automáticamente una pensión. El acceso y el monto de las prestaciones dependerán de las condiciones de cada afiliado, sus semanas cotizadas, sus ingresos y el pilar al que pertenezca.

Así, una de las principales reformas sociales del gobierno de Gustavo Petro logra avanzar después de más de dos años de disputas jurídicas y políticas. El fallo mantiene en pie el núcleo de la transformación del sistema pensional, aunque todavía deja algunos capítulos abiertos que deberán resolverse en el Congreso y posteriormente en la propia Corte Constitucional.

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