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De esta manera podrán votar en estas elecciones personas con discapacidad visual

Las personas con discapacidad visual están autorizadas a entrar con sus perros guías, ya que la ley les permite esta excepción por tratarse de animales entrenados.

Las personas con las personas con discapacidad visual también tendrán el derecho de ejercer el voto este domingo. La registraduría imprimió más de 100 mil tarjetones en braille para esta jornada electoral.

Carlos Parra,El director del Instituto Nacional para ciegos( Inci) señaló que “105.000 tarjetas electorales han sido distribuidas por todo el territorio nacional directamente por la Registraduría. A través de el sistema braille en letra aumentada, macrotipo para que las personas de un lado ciegas puedan votar y las de baja visión puedan ejercer su derecho al voto este domingo”

Aunque las tarjetas electorales estén en Braille la marcación la tendrán que hacer con bolígrafo, para que los jurados de votación puedan identificar su elección. Sobre el braille deberá marcar sobre el nombre del candidato de su preferencia, tomando como voto cualquier línea que realice.

Por otra parte las personas con discapacidad visual están autorizadas a entrar con sus perros guías, ya que la ley les permite esta excepción por tratarse de animales entrenados. Otras de las pautas a seguir son:

1. Accesibilidad a los puestos de votación
Los Registradores del Estado Civil deberán solicitar a las Entidades Territoriales, a través de los Comités de Seguimiento Electoral, el acondicionamiento o los ajustes razonables en los puestos de votación que no cumplan con los requisitos de accesibilidad.
2. Tarjetas braille en la carpeta de los Delegados de Puesto
Los Registradores del Estado Civil deberán introducir dichas tarjetas en la carpeta de los Delegados de Puesto para que estas estén disponibles siempre en el momento en el que un ciudadano con discapacidad visual así lo solicite en el puesto de votación .
3. Protocolo de traslado de tarjetas braille
El Delegado de Puesto, en caso de que falten tarjetas electorales en braille en las mesas de votación, deberá con el acompañamiento de la Mesa de Justicia, trasladar tarjetas braille de un puesto de votación aledaño, de otros puestos de votación en el mismo municipio o en su defecto, de otros puestos de votación de municipios cercanos.
5. Acompañante para votar
Los Registradores del Estado Civil y sus funcionarios, deberán garantizar el cumplimiento del artículo 16 de la Ley 163 de 1994, respecto al acompañante para votar y en especial, de las excepciones establecidas para los ciudadanos que tengan discapacidad.
6. Protocolo y material audiovisual
Para garantizar que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho al voto, la Registraduría Nacional del Estado Civil en coordinación con las entidades competentes, publicarán y difundirán un protocolo de atención de personas con discapacidad en los procesos electorales, así como videos y material informativo y pedagógico sobre el proceso electoral, que cuenten con la accesibilidad necesaria dirigidos a esta población.

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